En las siguientes entradas, iremos publicando aquella información relacionada con nuestra temática de interés. Ésta es la primera que os presentamos:
Modalidades de acogimiento familiar (n.d) Extraído el
día 12 de Diciembre de 2014 desde http://www.juntadeandalucia.es/organismos/igualdadsaludypoliticassociales/areas/infancia-familias/acogimiento/paginas/modalidades.html
El acogimiento familiar es la
convivencia e integración de un niño/a en una familia, extensa o ajena, cuando
debe ser separado/a temporal o permanentemente de sus padres o tutores. Es una
medida de protección solidaria con los niños/as y sus familias biológicas, que
evita su estancia en centros de protección de menores, les ofrece la
posibilidad de desarrollarse en una familia, y mantener la vinculación con sus
padres y hermanos. Por ello, el acogimiento familiar es incompatible con la
adopción, que conlleva la ruptura de vínculos del niño o niña con su familia
biológica.
1.1. Acogimiento simple:
Especificidad:
El acogimiento simple es de carácter transitorio, se promoverá
cuando, existiendo una situación de crisis en la familia del menor, se prevea
su reinserción a corto plazo en la misma, o bien, transitoriamente, mientras se
acuerde una medida de carácter más estable.
Objetivos:
-Proteger al niño o la niña situándolos en un contexto seguro.
-Evitar su institucionalización proporcionándole una familia de
acogida.
1.2. Acogimiento permanente:
Especificidad:
El acogimiento permanente se promoverá cuando, no existiendo
previsión de reinserción adecuada del menor en su familia biológica, las
características y deseos personales del propio menor o las específicas
circunstancias de su situación aconsejen su integración estable y duradera en
otra familia, sin creación de vínculos de filiación entre ellos.
Objetivos:
Proteger al niño o la niña situándolos en un contexto seguro.
Evitar su institucionalización proporcionándole una familia de
acogida.
2.1. Acogimiento de urgencia:
Especificidad:
Es una modalidad del acogimiento simple, que se aplica a menores
sobre los que hay que intervenir de forma inmediata, a fin de evitar la institucionalización
temprana y las secuelas que de la misma se puedan derivar permitiendo que los
menores gocen de un ambiente y atención familiar durante el tiempo necesario
para realizar el estudio sobre la situación del menor y poder proponer la
vuelta con su familia de origen o la medida de protección más adecuada.
Objetivos:
Proteger al niño o la niña situándolos en un contexto seguro.
Evitar su institucionalización proporcionándole una familia de
acogida.
Disponer de un tiempo para realizar un diagnóstico de la
situación y de las posibilidades del menor.
2.2.Acogimiento profesionalizado:
Especificidad:
Es una modalidad de acogimiento simple o permanente que se
aplica para niños y niñas con graves necesidades especiales ocasionadas por una
enfermedad grave, problemas de conducta, discapacidad física, psíquica o
sensorial, o menores que precisen de un apoyo especial debido a los malos
tratos o abusos sexuales sufridos.
Objetivos:
-Proteger al niño o la niña situándolos en un contexto seguro.
-Evitar su institucionalización proporcionándole una familia de
acogida.
-Atender de forma cualificada las necesidades de salud, de
dependencia, trastorno de conducta, etc… de los menores, en un ambiente
familiar adecuado.
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